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Declaración de construcción

 

El titular de derecho de dominio sobre un inmueble puede realizar a sus expensas en el mismo las construcciones que considere necesarias; las cuales por efecto de su registro, deberán estar constituidos en la escritura pública (1)

Requisitos:
1. Licencia de Construcción
2. Descripción de las dependencias 
3. Le sugerimos anexar el certificado de libertad y tradición.

(1) Tomado del Glosario de Códigos Registrales elaborado por la Superintendencia de Notariado y Registro.

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